Exigiendo la Paz
Respuestas Cristianas a la Guerra y a la Violencia
A.E. Harvey
Las raíces del pensamiento de la Guerra
Justa no se encuentran en las Escrituras, sino en la tradición
Estoica de la filosofía cuya esencia se remonta a los
tiempos de Aristóteles. La prioridad principal no era
(como tiende a serlo en el pensamiento moderno) la preservación
de la vida humana o de una vida inocente, a cualquier costo.
En el mundo antiguo no se considerada la vida
como algo universalmente valioso, y para la religión
cristiana solamente era una preparación para la vida
por venir. Por lo tanto, el único valor al preservarla
era que significaba una oportunidad para arrepentirse y crecer
en santidad. Respecto al mal de la guerra, su costo era menos
importante que la licencia para satisfacer los deseos y las
pasiones más anárquicas: ‘el amor a la violencia,
la venganza cruel, la enemistad feroz e implacable, la resistencia
indomable y el ansia de poder y asuntos por el estilo’.1
Estas pasiones existen y puede que la guerra sea necesaria para
controlarlas a fin de restaurar el orden y la justicia. Pero,
los medios que se usen deben ser aprobados por la razón
e inculcados por la virtud. De ahí los conocidos principios
de la Guerra Justa que regulan las condiciones bajo las cuales
se puede iniciar (jus ad bellum) y declarar una guerra (jus
in bello). La guerra carece de algo característicamente
cristiano: es más bien el resultado del sentido común,
de la lógica y no de una revelación religiosa,
y además cuenta con el consentimiento de los miembros
de otras religiones y pensadores seculares. Pero, en su formulación
Cristina, el pensamiento de la Guerra Justa tal como lo hemos
heredado de Augustine y Aquinas representa un delicado balance
entre la revelación divina y la ley natural. Aquinas
en particular, considera que la ley natural tiene autoridad
por derecho propio, porque es un sistema de reglas éticas
que cualquier persona puede entender y aceptar simplemente por
estar dotado de la ‘naturaleza’ humana; y sin embargo,
depende totalmente de Dios, porque Dios crea a todos los tipos
de criaturas que existen, incluyendo a la raza humana, la cual
posee esta naturaleza y por eso tiene la capacidad de asumir
la responsabilidad moral. Para Aquinas es imposible creer en
la ley natural sin creer, al menos implícitamente, en
Dios como su autor.
Ahora, desde el punto de vista de nuestro siglo
veinte, podemos ver cuan delicadamente equilibrado era el puente
medieval sobre el que se paró Aquinas, ligando la revelación
y la razón, el comando divino y la ley natural. Por un
lado, la creencia de que la naturaleza humana era creación
de Dios no constituía un postulado filosófico
o teológico solamente; sino que estaba arraigado como
elemento de origen en la cultura económica y política
de la Europa medieval. Por ejemplo, se consideraba generalmente
que las guerras entre los príncipes cristianos eran reguladas
por leyes naturales autorizadas por la divinidad, las cuales
proveían los medios para distinguir (digamos) la autoridad
legal de la ilegal, o las causas justas de las injustas, para
ir a la guerra. Por otra parte, dichas leyes no podían
regular las cruzadas contra los infieles, porque eran guerras
santas declaradas por comando divino. Por consiguiente, los
derechos naturales que tenían los enemigos cristianos
no podían ser concedidos a los enemigos infieles, porque
ellos estaban peleando contra el comando explícito de
Dios y no pertenecían al cristianismo.2
Así, (para tomar un caso notorio) el Segundo Concilio
Laterano de 1139 les prohibía a los militares cristianos
usar el arco de la cruz contra los enemigos cristianos.3
Sin embargo, este decreto no les prohibía usarlo contra
los infieles.
Reconocemos la fragilidad del puente Tomista cuando
miramos más adelante, hacia el siglo dieciséis.
En tanto que la teoría de la Guerra Justa de Aquinas
‘difícilmente concibe las culturas donde no se
había predicado a Cristo explícitamente’.
4 Franciscus Vitoria (1480-1546)
tenía que confrontar este problema directamente. El fue
el primer teólogo cristiano importante que se enfrentó
al hecho de tener que aplicar el criterio de la Guerra Justa
a las guerras declaradas por los cristianos contra gentes que
jamás habían tenido contacto alguno con el cristianismo.
Las guerras españolas contra los ‘indios’-americanos
no eran ‘cruzadas’ comandadas por Dios, y, a diferencia
de los guerreros de las cruzadas, los conquistadores realmente
no estaban motivados para ir a la guerra por obedecer a la exigencia
que les hacían sus confesores, la tener que cumplir con
la penitencia. Luego, había otro enigma: cómo
aplicar en la guerra el criterio natural de justicia cuando
ambos lados no comparten una cultura cristiana.
Al final el enigma se solucionaba solamente cortando
el lazo entre la ley natural y la creencia en una cultura cristiana
común instituida por la divinidad. A pesar de los valientes
esfuerzos de Vitoria para mantener vivo el matrimonio Tomista
entre la ley revelada por la divinidad y la naturaleza, el divorcio
al final era inevitable. En el trabajo de Grotius y sus sucesores,
5 la teoría de la Guerra
Justa se secularizó precisamente para lidiar con situaciones
que involucraban a personas que no estaban familiarizadas con
el cristianismo en lo absoluto. La ley natural ahora aspiraba
a ser autónoma y a sentar las bases para una ley internacional
que sostuviera la igualdad para los pueblos de todas las razas
y las culturas. El ‘cuerpo’ (soma) de la ley natural
Tomista, dependía de Dios tanto como su alfa y omega,
y había llegado a ser la propia ‘carne’ (sarx)
de un orden legal operando independientemente. De ahí
en adelante, el problema siempre sería como evitar que
la carne llegara a ser sólo pasto.6
Ahora por supuesto, el sistema de ley internacional
autónoma que hemos heredado a partir de este divorcio
tiene un valor práctico incalculable. En el descansa
hoy la esperanza de un mundo más humano y pacífico,
donde los conflictos se puedan resolver sin violencia. Nuestra
esperanza es que haya una ley internacional que rompa las barreras
culturales que separan al cristianismo del mundo pagano o infiel.
Hoy, se dice que todos los derechos legalmente vigentes nos
pertenecen a todos, simplemente porque somos humanos, sin importar
religión, raza, género o cualquier condición.
Sin embargo, nos consta que el puente entre las
culturas sobre la cual se sustenta la ley internacional moderna
es tan frágil, como aquel sobre el cual se paró
Aquinas. Un ejemplo basado en el trabajo de la Corte Internacional
de Justicia, ilustrará este punto.7
El 8 de julio de 1996, esta Corte dio su opinión a manera
de consejo sobre la legalidad (o ilegalidad) del uso o amenaza,
de hacer uso de armas nucleares. Sucedió que la ley internacional,
así interpretada por el único organismo judicial
autorizado del mundo, no puede ponerse de acuerdo sobre algo
tan crucial como lo es, el uso de armas nucleares y el desarme
nuclear. El resultado global de sus deliberaciones es ambivalente
– como lo han demostrado los jueces internacionales de
distintos países y culturas, por medio de sus interpretaciones
divergentes sobre su significado.8
Esto tal vez no es sorprendente cuando consideramos que no obstante
se supone que los jueces de la Corte Internacional deben funcionar
simplemente como autoridades legales, sin importar sus propios
trasfondos culturales, en cuanto al problema nuclear, resulta
ser que aquellos provenientes de estados con armas nucleares,
adoptaron una posición mucho menos antinuclear que la
de muchos que procedían de estados no nucleares. Ningún
juez adoptó una posición que fuese incompatible
con las regulaciones de su propio gobierno. La ley internacional,
en sí misma sin aludir a ningún objetivo estándar
como el de ser permitido por una ley natural autorizada por
la divinidad, fue incapaz de proveer un criterio independiente
que pudiese anular las percepciones parciales de los estados
miembros individuales. La única autoridad superior legítima
a quien se puede apelar es la Organización de las Naciones
Unidas; la cual está expuesta a ser cuestionada por si
tiene o debe tener, la posición requerida para proceder
como árbitro supremo al igual que la iglesia medieval.
En cualquier caso, para los pacifistas (y verdaderamente
para muchos otros), el reflexionar sobre la tradición
de la Guerra Justa puede parecer un simple ejercicio académico.
¿Cuándo los principios de la Guerra Justa han
impedido que se inicie una guerra? ¿Qué control
han ejercido estos principios sobre los beligerantes, una vez
que la pelea se trasforma en algo desesperado? ¿Son acaso
nada más que un medio por el cual los cristianos pueden
liberar sus conciencias cuando participan en la guerra; un compromiso
entre el cristianismo teóricamente no violento y los
principios imperantes que en la práctica imponen las
lealtades civiles? Y, ¿son acaso de alguna manera adecuados
para la tarea de dar orientaciones a los políticos y
a los estrategas, cuando el uso de la fuerza puede escalar rápidamente
a niveles sin precedentes y ante la gran posibilidad de que
se inicie un conflicto violento, ya no entre naciones-estados
con gobiernos responsables, sino entre grupos étnicos
e incluso religiosos dentro del mismo territorio de un país?
El pesimismo implícito frente a estas interrogantes
es comprensible. Pero, finalmente es el mismo pesimismo que
se puede encontrar frente a cualquier intento de anular o aliviar
la maldición de Caín, incluyendo al propio proyecto
pacifista. Se puede argumentar que en la raza humana la guerra
es endémica. Las naciones pelearán unas contra
las otras hasta que una u otra sea victoriosa y ambas queden
exhaustas, a menos que se interponga entre ellas una fuerza
más poderosa. Aparte del indudable éxito (en este
respecto) de la Unión Europea, la única disposición
que históricamente ha sido capaz de impedir una guerra,
no tiene que ver con las instituciones internacionales o con
los movimientos pacifistas, sino con la formación de
alianzas para mantener el balance de poder. No se puede confiar
en la evidente locura de querer iniciar una guerra usando armas
modernas de destrucción masiva, a fin de detener las
ambiciones de un provocador agresivo. Una vez que se ha iniciado
la batalla, nadie puede predecir las atrocidades que el perdedor
es capaz de cometer para evitar una derrota total. Incluso una
religión como el cristianismo, a pesar de su claro imperativo
de renunciar a la violencia, ha sido reiteradamente cómplice
de propósitos beligerantes. Frente a tales poderosos
instintos y culturas militares bien establecidas, actualmente
más destructivas aún por los armamentos modernos,
el teorizar acerca de la Guerra Justa o rechazarla como hacen
los pacifistas, ‘académicamente’ es lo mismo.
Sólo el uso de la fuerza o la amenaza con la misma, es
capaz de salvar al mundo de una catástrofe sin precedentes.
Nuestro argumento ha sido, que este pesimismo
ya no se justifica. La última mitad del siglo, con sus
nuevas instituciones internacionales, con un nuevo consenso
sobre la inviolabilidad de los derechos humanos, con una efectiva
disminución de la libertad de los estados soberanos para
iniciar agresiones y con una agenda común para preservar
un medio cada vez más frágil, le ha dado al mundo
al menos, la esperanza de un orden internacional que podría
reducir grandemente el riesgo de un conflicto armado mayor.
La pregunta ante nosotros ahora es, no tanto si alguna vez la
tradición de la Guerra Justa impidió las guerras
en el pasado y controló las intenciones de los beligerantes,
sino más bien, si juega un papel en la lucha contemporánea
de la humanidad para reducir el riesgo de que ocurra una guerra
y si todavía puede proveer justificaciones morales y
teológicas para la posición Cristiana no pacifista.
En cierto sentido, esto se agrega para dirigirla
en su nuevo papel. Históricamente, los teóricos
de la Guerra Justa jamás se imaginaron que su interpretación
lógica realmente evitaría guerras. Indudablemente,
en la antigüedad, la Edad Media y hasta en la Primera Guerra
Mundial, la probabilidad de una guerra se daba por hecho. A
pesar del atroz sufrimiento que podía causar, la guerra
se asumía como una opción que podían usar
los gobernantes cuando fracasaban otros medios para proteger
sus intereses o alcanzar sus objetivos; incluso su accionar
exitoso podría llevarlos a la fama y al honor más
allá de lo que pudiesen prometer las artes de la paz.
En estas circunstancias, los teóricos tenían menos
posibilidades de influir en el curso de los eventos: ellos más
bien aspiraban a guiar la conciencia de los gobernantes cristianos
que contemplaban participar en la guerra y de los individuos
cristianos que tenían que tomar una decisión respecto
a si participaban o no. ‘No matarás’ era
una prohibición divina y universal; pero la aparente
necesidad de una guerra significaba que tenía que haber
excepciones. Algunos grupos de personas, tales como el clero,
nunca podrían estar exentos.9
Pero, en tiempos de guerra, un hombre cristiano podía
legítimamente tomar las armas con la intención
de matar al enemigo mientras cumpliera con las condiciones de
la Guerra Justa – es decir, en tanto que se involucrara
en la guerra por las razones correctas y de acuerdo a los principios
‘justos’.
Por lo tanto, es injusto criticar la tradición
de la Guerra Justa por su fracaso en impedir las guerras. Tampoco
nos debería sorprender que la tradición sólo
haya hecho una pequeña contribución a la ‘ley
de guerra’ moderna. Aunque contiene el principio de ‘discriminación’
(prohíbe matar deliberadamente a los no combatientes),
su énfasis y enfoque en algo difieren del reciente pensamiento
humanitario y cristiano. Se preocupa no de la relación
con la responsabilidad individual, sino de los propósitos
estratégicos y las opciones tácticas. Como su
nombre implica, el criterio que invoca es ‘justicia.’
Si un agresor ha perturbado el orden internacional y ha cometido
un error que se debe corregir, la pregunta es, bajo qué
circunstancias uno puede estar seguro que el corregir lo errado,
sería más beneficioso que perjudicial, y qué
reglas tácticas se deben observar para que la guerra
siga siendo ‘justa’ y no descienda a un nivel de
barbarismo tal que signifique que nunca debió haberse
iniciado en primer lugar.
Estas preguntas son para los gobernantes y comandantes,
no son para los oficiales subordinados ni los soldados. Asuntos
tales como la seguridad de los no combatientes, o el trato a
los prisioneros, reciben poca atención en una tradición
que se deriva no de los principios humanitarios, sino de un
concepto de justicia que se remonta a la filosofía Estoica
y más allá de ella. Por contraste, el pensamiento
Cristiano reciente tiende a iniciarse a partir de un principio
que se encuentra en las Escrituras, como también en la
ley natural, que se conoce como la absoluta inviolabilidad del
inocente, lo cual no es necesariamente un asunto de justicia
sólo para el comandante, sino también lo es para
el individuo. El juicio de Nuremberg en 1947, depositó
firmemente en el individuo la responsabilidad de respetar la
diferencia entre matar legítimamente (‘justamente’)
a un enemigo en combate y matar a un civil desarmado (un asesinato);
y los manuales militares modernos reflejan el mismo principio.
Más aún, siendo la ‘proporcionalidad’
un importante elemento en la tradición de la Guerra Justa,
si se le define como el factor que evita la destrucción
y muertes excesivas, actualmente parece que depende tanto del
profesionalismo de los soldados, como también de las
decisiones tácticas de los generales. El cambio en el
centro de la atención al pasar de los políticos
a los generales para subordinar a los oficiales y a los individuos;
y la prioridad del principio de protección al inocente
a todo costo gracias al abstracto concepto de justicia, puede
hacernos pensar que la tradición de la Guerra Justa ha
perdido algo de su logro sobre la realidad de la guerra y sobre
la conciencia cristiana de hoy.
Pero, es discutible si estas consideraciones estuvieron
siempre implícitas en el pensamiento de la Guerra Justa,
aún cuando en los tiempos modernos hayan llegado a ser
explícitos. Verdaderamente, los eventos recientes han
mostrado que todavía la tradición está
muy viva. No solamente ha jugado un papel importante en el debate
sobre la ética de la detente nuclear; sino que sus principios
fueron ampliamente evocados en las discusiones que condujeron
a la Guerra del Golfo en 1991. Admitimos que, sin duda, hubo
otros factores menos académicos que provocaron el inicio
de las hostilidades, que van desde la preocupación por
el abastecimiento de petróleo, hasta la reputación
personal y política de George Bush. Pero (al menos en
Gran Bretaña) el asunto se discutió enérgicamente
en términos morales, respetando así los principios
de la doctrina de la Guerra Justa. Se argumentó que Irak
había invadido a otro estado soberano desafiando la Carta
de las Naciones Unidas y que debía ser repelido (‘causa
justa’). El objetivo de la acción militar era restaurar
la integridad de las fronteras y restablecer la autoridad internacional
(‘intención correcta’). La operación
había sido formalmente autorizada por la comunidad internacional,
por medio de una resolución del Consejo de Seguridad
(‘autoridad legal’).
Tenía una ‘probabilidad de éxito
razonable’; y el uso de ‘armas inteligentes’,
la absoluta superioridad en el aire y un amplio despliegue de
tropas terrestres, asegurarían que tanto el grado de
fuerza ejercido en Irak y el número de víctimas
sería ‘proporcional’ al objetivo que se tenía
que lograr, específicamente, expulsar a las fuerzas iraquíes
de Kuwait. Estos argumentos de la Guerra Justa tradicional persuadieron
a muchos cristianos y aunque la campaña Tormenta del
Desierto, no era totalmente aceptable para sus conciencias,
pensaban, sin embargo, que apoyarla era un deber que radicaba
en los estados miembros de Naciones Unidas, cuya Carta había
sido contravenida. Pero, la última categoría,
la de la ‘proporcionalidad’, fue la que causó
la mayoría de los temores. En una era cuando millones
de personas pueden ver en sus pantallas de TV, el desarrollo
real de las hostilidades y cuando es imposible ocultar el número
de víctimas sufridas e infligidas, ¿qué
nivel de muerte, heridos y destrucción sería públicamente
aceptable como ‘proporcional’ al objetivo? ¿Podría
ser la explotación masiva de la superioridad tecnológica
en misiles y aviones, aún cuando redujo enormemente el
riesgo de tener víctimas entre los aliados, de todas
maneras provocó heridas y sufrimiento a los iraquíes
(particularmente a los civiles) en forma ‘desproporcionada’
en relación a la escala de la operación militar?
En la eventualidad de, y a pesar de los argumentos que, las
‘armas inteligentes’ causaron un daño limitado,
fue este asunto de las proporciones lo que causó mayor
preocupación: y el brutal bombardeo contra las tropas
iraquíes en retirada en la ruta de Basora, que causó
miles de víctimas enemigas con escasa justificación
militar, obligó a muchos a concluir que la guerra había
sido ‘injusta’ en su conducta y tal vez en su intención.
Ciertamente, la dificultad en aplicar el criterio
de la ‘proporcionalidad’ en las condiciones modernas,
radica en que precisamente estas conductas cuestionan más
seriamente las declaraciones de los beligerantes, respecto a
que las guerras que ellos hacen son justas.10
Fue en el cristianismo europeo cuando Aquinas desarrolló
los principios de la ‘Guerra Justa’, donde la práctica
de hacer los cálculos de las proporciones debe haber
sido algo tan familiar, tan arraigado en la cultura, que difícilmente
hubiese ameritado atención especial en la discusión
sobre la ética de la guerra. Porque todo el comercio
de intercambio y mercantilismo medieval se basaban en creer
que los productos o los servicios tenían el ‘precio
justo’.
Los precios se calculaban sobre el valor de uso
intrínsico de las cosas, no sólo por el valor
de intercambio determinado por el mercado. Tan elusivo como
indudablemente lo era el concepto del ‘precio justo’,
el hábito de tener precios proporcionales al valor de
uso era endémico. El tremendo esfuerzo de los teólogos,
los obispos y los predicadores para eliminar la avaricia y la
extorsión es prueba de que se creía en la validez
teórica de la proporcionalidad, como así mismo
en su dificultad práctica, o principio del ‘precio
justo’.
Por lo tanto, en el comercio, el principio de
proporcionalidad se daba por hecho. Pero hoy, en un mundo donde
los precios se determinan por el intercambio de valores en el
mercado, el concepto mismo de la proporcionalidad se transforma
en algo profundamente problemático. Efectivamente, bajo
las condiciones económicas de competencia perfecta, el
vicio de la avaricia o la práctica de la extorsión
serían imposibilidades lógicas, porque estos vicios
y sus opuestos, las virtudes, no tendrían lugar en los
énfasis teóricos del sistema. Sin embargo, el
disgusto público ante la avaricia de los ‘gatos
gordos’ demuestra una tremenda falta de credibilidad en
las fuerzas del mercado como defensoras de la decencia moral.
No se puede confiar en el mercado para que produzca una sociedad
éticamente tolerable. Aunque la gente exige y quiere
que la Sra. Thatcher sea encarada.
La regulación de las actividades de las
fuerzas del mercado, aunque requeridas y necesarias, siguen
siendo problemáticas. Y precisamente por razones paralelas,
el concepto de proporcionalidad también ha llegado a
ser problemático para los beligerantes modernos. En nuestra
sociedad post-Clausewitziana, dominada por el mercado, el comportamiento
beligerante lo gobierna esencialmente el sistema de mercado
de la moralidad, en el cual el principio de proporcionalidad
como un medio para regular la guerra se convierte en todo, menos
en algo inteligible. En el siglo XVI, el hecho de que los éxitos
de los aventureros avaros que hacían ganancias gigantescas
robándoles las tierras y los recursos naturales a los
‘Indios’ fue un escándalo para los moralistas
conservadores Dominicanos de Salamanca, quienes empezaban a
reconocer que las personas tenían derechos legales inalienables
simplemente por ser humanos. Hoy la determinación del
costo justo de las operaciones militares – digamos al
calcular el nivel de víctimas infligidas o sufridas en
un determinado combate – tiene que hacerse en la ausencia
de cualquier principio o criterio objetivo. Podría ser
simplemente un asunto tolerado por la opinión pública
o que los profesionales crean que son apropiados. No hay cultura
de ‘costos justos’ para la victoria en la guerra
moderna post-Clausewitziana; y, en el clima actual del relativismo
moral, no hay consenso sobre como crearla.11
Un segundo principio de Guerra Justa, difícil
de aplicar, es el de la ‘discriminación’.
Este principio puede enunciarse así: simplemente no hay
propósito, no importa cuán noble, para lograr
lo que sea lícito, como un medio para un fin, matar intencionalmente,
o consentir (incluso condicionalmente) en matar a personas inocentes,
quienes no representan un peligro o no son una amenaza de hacernos
daño.
Este principio debería aplicar tanto para
hacer la guerra como para disuadirla, pero no es universalmente
aceptado. Existe, por ejemplo, la objeción de Michael
Walzer en su discusión de la guerra de sitio y la inmunidad
de atacar a los civiles inocentes en una ciudad sitiada. El
argumenta que aquellos ciudadanos civiles que deciden quedarse
por la razón que sea, a pesar de que las fuerzas atacantes
les han dado la oportunidad de abandonar la ciudad, pierden
su inmunidad natural a un ataque directo.
Esto es así, aún cuando hayan tomado
la decisión bajo circunstancias extremadamente duras,
donde el comandante defensor, desea tener civiles en su ciudad
para le sirvan como escudo protector, o para que le asistan
en otras formas.12 El argumento
de Walzer se fundamenta en (a) el hecho de que la ley de guerra
permite sitiar una ciudad, y (b) sin la restricción arriba
mencionada en relación a la inmunidad civil, las zonas
controladas se pueden volver imposibles. No obstante, Walzer
está abierto al criticismo, de que estos civiles a pesar
de haber decidido quedarse no constituyen ningún tipo
de amenaza a las fuerzas atacantes.13
Y si ellos no son una amenaza, ¿cómo se explica
que hayan perdido su inmunidad a un ataque y se hayan convertido
en blancos militares legítimos? Porque aún cuando
ellos estén ‘voluntariamente’ en la ciudad
todavía son no-combatientes, y debe garantizárseles
la inmunidad normalmente otorgada por la teoría de la
Guerra Justa a aquellos inocentes de hacer o amenazar con causar
daño a sus opositores. Mutatis mutandis, se puede argumentar
lo mismo acerca de la inmunidad al ataque directo a civiles
en una ciudad bajo bombardeo aéreo, o de aquellos que
quedan cautivos en medio de la guerra de guerrillas.
Pero, Walzer puede responder que la decisión
de los civiles de permanecer en la ciudad a pesar de habérseles
dado la oportunidad de abandonarla debe hacer alguna diferencia
sobre la cuestión de la responsabilidad moral. Pero,
el argumento demuestra que las cosas no son tan claras, como
lo sugiere en primer lugar el principio de discriminación.14
Aún si la responsabilidad por las muertes de civiles
en un ataque recae sobre varios protagonistas, ésta no
siempre puede identificarse claramente, esto no altera el principio
esencial de inviolabilidad del inocente en la guerra. El principio
de discriminación retiene su validez absoluta.
Pero, ¿puede aplicarse todavía este
principio? ¿Hay inocentes en la guerra moderna? El concepto
del siglo veinte de ‘la guerra total’ implica que
casi todos los sectores de la población civil pueden
participar en el‘esfuerzo de guerra’, y por ende,
dejan de ser estrictamente no combatientes inmunes a los ataques.
Efectivamente, el excesivo número de civiles que han
caído víctimas en las guerras recientes, sugiere
que el principio de la inmunidad del no combatiente ya no aplica
(a menos que esté siendo brutalmente ignorado). El ‘daño
colateral’ como consecuencia del uso de los bombardeos
convencionales modernos - sin mencionar el uso de armas nucleares
o biológicas – ahora es aceptado por los estrategas
como algo lamentable, pero necesario en la guerra. Si virtualmente
se piensa que toda la población está comprometida
con la lucha, se considera legítimo que esté expuesta
a los ataques, aunque éstos se pudieran evitar al máximo.
En este caso el principio de discriminación parece haberse
convertido en algo obsoleto. Sin embargo, hay una forma de definir
‘inocente’, la cual puede darle al menos alguna
esfera de aplicación. Se puede preguntar sobre cualquier
sector de la población -tales como granjeros, mujeres,
niños o ancianos - no importa cuanto odien al enemigo
y si están en solidaridad con los que luchan contra el
mismo: ¿Constituyen ellos de alguna manera una amenaza
para el éxito de su actividad militar? Si no, con toda
seguridad cuentan como ‘inocentes’, y el principio
de discriminación debe al menos seguir teniendo esta
aplicación limitada.15
Además, los problemas se suscitan cuando
consideramos el principio de ‘causa justa’. Desde
Aquinas en adelante, la tradición es muy clara, una Guerra
Justa se puede declarar solamente para corregir un error que
se haya cometido y que esté claramente definido. Esto
implica que el objetivo de una guerra siempre debe ser estrictamente
limitado, un punto que podría ser apoyado por el principio
de Clausewitz el cual sostiene que la guerra es simplemente
un medio para conseguir un objetivo específico (aunque
en realidad está cancelado en el pensamiento de Clausewitz
por su insistencia en que uno puede llegar tan lejos como hasta
la total aniquilación de su oponente). Pero, ¿es
posible que todavía exista una guerra limitada en vista
de la tecnología moderna, la globalización del
poder económico y la amplia desintegración de
los estados inestables? ¿Puede haber sido la Guerra de
las Malvinas, el último ejemplo de una guerra con el
propósito de simplemente corregir un error específico?
Y, ¿qué se puede decir de las guerras irregulares
(que son las más comunes hoy y en el futuro cercano)
casi siempre son conducidas por algún principio absoluto
en vez de corregir una injusticia específica y casi nunca
terminan habiendo logrado tan siquiera un objetivo limitado?
Es verdad que desde el punto de vista de la comunidad internacional,
tales guerras pueden parecer menos guerras, más bien
son un disturbio de la paz ocasionado por grupos de criminales
organizados; en cuyo caso la respuesta armada apropiada más
bien sería una acción policial, en vez de una
guerra, con el objetivo limitado de restaurar el orden en una
región. En este sentido puede llamarse: ‘justo’.
Pero, el carácter internacional de la operación
misma causa un problema ulterior.
Este problema tiene relación con ‘la
intención justa’ y se puede ilustrar con la Guerra
del Golfo de 1991. Acaso no fue diseñada para la pace,
por la retórica de Bush acerca de establecer un nuevo
orden mundial, simplemente para expulsar a Saddam de Kuwait,
de acuerdo a la Carta de la ONU? No todos concuerdan en que
este fue verdaderamente el propósito principal. Hay musulmanes
británicos, que dicen hablar por una mayoría de
sus co-religiosos del mundo entero, quienes insisten en que
el verdadero propósito de la guerra era asegurar la provisión
de petróleo para el Occidente, mantener dividido al mundo
islámico, y perpetuar el dominio occidental sobre los
árabes.16 La cuestión
aquí no es, si tan admirables enunciados están
garantizados, sino más bien si todavía aplica
el concepto de recta intentio. En la era medieval o renacimiento
o incluso en los tiempos de Napoleón la intención
del soberano beligerante constituía el propósito
para declarar una guerra. Su intención era el propósito
del soberano, por el cual el era responsable. En esas circunstancias
tenía sentido insistir en que, para ser justo, el propósito
del soberano beligerante (his intentio) debe ser recto (recta):
para establecer la paz.17 Pero,
cuando un conjunto inmanejable (grupo) de varios estados, ejércitos,
economías e intereses tales como los que fueron requeridos
para lidiar con la crisis de Kuwait puede decirse que no tenía
un claro propósito o intentio en lo absoluto, ni mencionar
una intención correcta. ¿Quién estaba en
posición de decir con autoridad cuál era el propósito?
Por supuesto, la única respuesta a esta
pregunta fue que el propósito de la guerra era la intención
establecida por las Naciones Unidas, por medio de resoluciones
del Consejo de Seguridad. Pero, Naciones Unidas ni es un estado
soberano, ni es un protagonista beligerante en la guerra contra
Saddam. La coalición que declaró la guerra bajo
el auspicio de la Naciones Unidas (Carta, Artículo 51)
fue una coalición de beligerantes; pero las Naciones
Unidas en sí misma no era un beligerante. Por supuesto,
uno puede hablar del propósito del Consejo de Seguridad
y juzgar que fue recta. Pero, esto no era necesariamente lo
mismo que el propósito de los beligerantes, quienes se
unieron en una coalición, la cual pudo haber sido motivada
por una variedad de intereses. Se puede dar por hecho que el
Consejo de Seguridad tenía la intención correcta
para autorizar la guerra. Esta intención estaba personificada
en las resoluciones, y ciertamente iba más allá
de remover a Saddam de Kuwait (de ahí la decisión
de no proseguir con la guerra después de que se cumpliera
ese objetivo). Pero, aquí estamos traspasando el terreno
de la autoridad legal, en vez de la recta intentio como lo contempla
la teoría de la Guerra Justa, porque según la
teoría de las relaciones internacionales ellos son protagonistas
soberanos en el escenario internacional y pueden ser responsables
de los propósitos de la guerra, así como lo era
el príncipe soberano de la antigüedad. Tenía
sentido hablar entonces (digamos) del propósito de Argentina
al ocupar las Islas Malvinas, o del propósito de Indonesia
al invadir a Timor Oriental o del propósito de Saddam
al anexarse a Kuwait. Pero, estas intenciones no van a la par
con la determinación del Consejo de Seguridad al autorizar
una acción beligerante. Y, otra cosa muy diferente es
hablar de un intentio coherente de los intereses de una coalición
mancomunada para pelear en una guerra bajo su autoridad.
Se debe admitir que aquí estamos adentrándonos
en un terreno nuevo y truculento. Las Naciones Unidas no son
ni un actor soberano ni un gobierno con toda la autoridad sobre
los demás protagonistas. Es más bien una criatura
bastarda de la historia del siglo veinte. Si hubiese sido un
beligerante soberano en la Guerra de Kuwait, habría sido
tanto el juez como el jurado de su propia causa - la misma anomalía
Maquiavélica de las relaciones internacionales que con
el fin de superarla, se creó la Organización de
las Naciones Unidas. Por otra parte, si hubiese sido un gobierno
soberano, hubiese tenido sus propias fuerzas de despliegue -
como lo había recomendado Boutros Boutros Ghali en su
Agenda para la Paz. Desafortunadamente, no fue ni lo uno ni
lo otro, y tuvo que manejarse lo mejor posible bajo los términos
ambiguos de la Carta. El hecho de que la Organización
de las Naciones Unidas, es y fue concebida para ser colateral
de los ‘grandes poderes’, es decir los estados soberanos
principales que ganaron la Segunda Guerra Mundial. Pero, las
cosas han cambiado tan radicalmente desde 1945 que este principio
fundador ya no es suficiente. Es cierto, hubo un reajuste cuando
la República de China reemplazó a Taiwán;
pero esto no alteró el marcado principio del dominio
de los ‘grandes poderes’. El problema hoy, es que
el poder ha sido radicalmente redistribuido en el mundo, mientras
Naciones Unidas ha sido incapaz de adaptarse completamente a
este hecho. No es ni una autoridad global soberana ni simplemente
un foro para la paz, pero garantiza la seguridad de los estados,
sin recurrir a la violencia. Su ambivalencia es una expresión
de un mundo que está experimentando una transición
drástica, luchando por renacer. A raíz de esta
ambivalencia surge la inevitable pregunta sobre la cuestión
de la aplicabilidad de los principios de la Guerra Justa en
circunstancias modernas, incluyendo en particular el aspecto
de ‘intención correcta’ cuando se usa la
fuerza militar para resolver las disputas.
Hay incluso otro rasgo del mundo moderno que se
cree que ha causado que la Guerra Justa sea razonablemente problemática.
La tradición era la base por la cual se declaraba una
guerra entre estados o (‘príncipes’) con
el propósito de corregir el error que uno de ellos había
cometido. Su aplicación hoy en día (como en el
caso de la Guerra del Golfo de 1991) similarmente presupone
que ha tenido lugar algún acto de agresión, el
cual es necesario (‘justo’) repeler y castigar.
Pero, a fines del siglo veinte se ha visto una significativa
cantidad de guerras que han ocurrido, no entre estados, sino
al interior de los estados. Luego, la pregunta no es tanto si
un estado vecino, o una alianza debe ir a la guerra contra un
agresor, sino más bien si la comunidad internacional
debe intervenir dentro de los límites de un estado y
ejercer la fuerza para prevenir un genocidio, ‘limpieza
étnica’ o alguna otra violación mayor de
los derechos humanos. El dilema que esto presenta se puede expresar
en términos de dos Artículos aparentemente incompatibles
de la Carta de la ONU. Por un lado, existe un veto absoluto
sobre el uso militar para intervenir en los asuntos internos
de otro estado (Artículo 2.7). Por otra parte, los estados
miembros están obligados (Artículos 55, 56) a
proteger y promover los derechos humanos en la mejor de su capacidad,
y los eventos recientes (como en Somalia, en Argelia y la ex
Yugoslavia) demuestran que esto no es posible sin hacer uso
de la fuerza. ¿Puede la tradición de la Guerra
Justa ayudar a decidir si debe tomarse o no tal acción?
O (para hacer la pregunta más precisa aún) ¿existe
tal cosa como una ‘intervención justa’?
Algunos principios tradicionales ciertamente parecen
tener relevancia. La ‘autoridad legal’ es el organismo
al cual se apela regularmente antes de considerar una intervención.
La comunidad internacional se interesa en asegurarse que la
acción militar esté autorizada por las Naciones
Unidas, por medio del Consejo de Seguridad y es legal de acuerdo
a la ley internacional - y en tales circunstancias, se puede
argumentar (para propósitos prácticos) que es
necesario hacer una enmienda a la Carta de la ONU para remover
la aparente ilegalidad de la intervención en asuntos
de un estado autónomo.18
La ‘causa justa’, una vez más, parece ser
una buena previsión para la necesidad moral de proteger
al inocente de un ataque deliberado. Pero, una ‘intención
correcta’ es particularmente difícil de medir.
Gran parte del problema de las intervenciones militares es que
carecen de un objetivo claro. Si se debe usar la fuerza para
proteger a una parte de la población, ¿qué
se puede esperar? ¿Puede esta fuerza extranjera permanecer
neutral si el oprimido monta un contraataque? ¿Es el
objetivo construir un ‘lugar seguro’ para introducir
una fuerza que mantenga la paz por largo tiempo, o evacuar el
lugar lo antes posible? Un gran motivo para sembrar la duda
es la incertidumbre acerca del papel futuro (o ‘intención’)
de la fuerza interventora. ‘La proporción justa’,
nuevamente, es una dificultad singular para aplicarla. ¿Qué
nivel de víctimas, si alguno, tolerarían los países
interventores y que diría la opinión pública
sobre sus propias tropas? ¿Qué grado de fuerza
es apropiado usar en respuesta a los alegatos de violaciones
de los derechos humanos? Parece que no hay precedentes para
responder a estas interrogantes, y lo más probable es
que en la práctica este problema sea debatido menos en
términos de la Guerra Justa y más en relación
a la cuestión de balancear la fuerza de la preocupación
humanitaria expresada por la comunidad internacional contra
las dificultades y las implicaciones a largo plazo de las acciones
militares.19 Solamente algunos de
los argumentos de la tradición de la Guerra Justa parecen
haber obtenido algún logro en estas crecientes y predominantes
amenazas a la paz. A este respecto, otra vez, muchos pueden
creer que la tradición es obsoleta.
Esta discusión ha demostrado que hay serias
dificultades para aplicar con severidad los principios de la
Guerra Justa a los conflictos armados modernos, aún cuando
han sido explícitamente apelados en conexión con
algunos combates militares recientes. Pero, esta tradición
que por muchos siglos le sirvió a la conciencia cristiana
para justificar la no consideración del mandato pacifista
del evangelio y así involucrarse en la guerra. Si no
se puede mantener esta justificación, puede parecer que
los cristianos de hoy en día que desean seguir siendo
fieles a las enseñanzas de Cristo, no tienen opción
excepto la pacifista y que sus iglesias deben rehusar públicamente
apoyar a la amenaza o el uso de la fuerza en los asuntos internacionales.
Pero, antes de llegar a esta conclusión, es importante
recordar otra corriente del pensamiento cristiano que, aunque
implícito en la tradición de la Guerra Justa,
no apela al concepto filosófico de ‘justicia’,
sino al principio explícitamente declarado en la Biblia,
el de la inviolabilidad de una vida inocente. Este principio,
ampliamente aceptado, hoy en día, nos ha dado ‘la
ley de la guerra’ para proteger al enfermo, al herido
y a los prisioneros de guerra e imponer a los beligerantes el
deber de evitar que los no combatientes se conviertan en blancos;
siendo ésta la fundamental objeción a la regulación
de la detente nuclear (que acepta la probable masacre de grandes
números de civiles y la mutilación de muchos otros
que todavía están por nacer); agregando presión
moral a las razones técnico militares para desarrollar
armas más precisas (o ‘inteligentes’) para
reducir a un mínimo lo que eufemísticamente se
conoce como ‘daño colateral’ (que generalmente
significa víctimas civiles); y si el criterio que muchas
personas usan instintivamente hoy cuando consideran suya la
operación militar aparentemente está obligada
a proteger los derechos humanos o el restablecimiento del orden
internacional, y esto es compatible con la conciencia Cristiana.
De hecho se puede argumentar que ciertos elementos
de la tradición de la Guerra Justa (particularmente ‘causa
justa’ y ‘autoridad legal’), junto con los
consensos religiosos y humanitarios que se debe proteger a los
inocentes, están personificados en la Carta de la ONU,
y que ésta ahora provee una guía para la conciencia
Cristiana reemplaza a ambos. El Artículo 52 limita los
pretextos permitidos para la guerra de auto defensa en caso
de ataque por parte de un agresor, y solamente puede ocurrir
cuando la comunidad internacional haya intervenido como mediador;
el Artículo 42 autoriza a las NU -para que haga uso de
la fuerza si fuese necesario para que el agresor desista; y
los Artículos 55 y56 (en tensión aprehensiva y
con lo anteriormente mencionado) deposita el deber en los estados
miembros para proteger los derechos humanos individuales, implicando
que en serios casos de genocidio o de ‘limpieza étnica’
puede que sea necesario que se intervenga por la fuerza. Basándose
en estas provisiones hay un consenso internacional que surge
y que: